
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta a un abogado de Granada por estafar 172.500 euros a dos inversores a los que prometió realizar diversas gestiones financieras que nunca llegó a ejecutar.
La Sala de lo Civil y Penal ha rechazado el recurso presentado por el letrado contra la sentencia de la Audiencia de Granada, dictada tras un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y la acusación particular que evitó la celebración del juicio.
Los hechos se remontan al 8 de agosto de 2018, cuando el abogado firmó con los afectados un contrato para asesorarles en la emisión y gestión de una carta de crédito bancaria destinada a obtener rentabilidad mediante un fondo de inversión. El servicio tenía un coste pactado de 300.000 euros.
Para reforzar la apariencia de que la operación era legítima, el acusado también les informó de la existencia de un seguro que supuestamente garantizaba la inversión, aunque la póliza mencionada no existía.
Posteriormente, solicitó un primer pago de 172.500 euros, que los inversores entregaron mediante un cheque nominativo de 142.500 euros y el resto en efectivo. El abogado se apropió del dinero y no realizó las gestiones comprometidas, mientras ofrecía a los afectados sucesivas explicaciones sin llegar a devolverles el capital.
El TSJA considera que el recurso presentado por el condenado era improcedente, ya que las sentencias dictadas por conformidad solo pueden recurrirse en circunstancias concretas que, según el tribunal, no concurrían en este caso.
Además de los dos años de prisión, la condena incluye una multa de 3.240 euros y la obligación de indemnizar con 172.500 euros a los dos afectados. La resolución todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.